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Estructura de la oferta
Documentación administrativa
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Grupo empresarial
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Capacidad de obrar
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Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
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Cumplimiento con las obligaciones tributarias
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Declaración responsable en materia de Protección de Datos
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DEUC - Documento Europeo Único de Contratación
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Habilitación profesional
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No estar incurso en incompatibilidades
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No prohibición para contratar
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Solvencia económica o financiera
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Solvencia Técnica o Profesional
Oferta técnica o evaluable mediante juicio valor
Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
Documentos
Documentos y enlaces publicados del expediente.
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Pliego técnico
Pliego técnico
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Descargar
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Pliego administrativo
Pliego administrativo
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Descargar
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Buenos días,
Teniendo en cuenta que el plazo de presentación de ofertas finaliza el 30 de octubre de 2026 y que la puesta en producción de la Fase I está prevista para el 1 de enero de 2027, ¿pueden confirmar si esta fecha es obligatoria o si se admite un calendario de implantación expresado en meses desde la firma del contrato? Asimismo, ¿cómo se contemplarían los ajustes de calendario derivados de retrasos no imputables al adjudicatario en la disponibilidad de documentación técnica, accesos, entornos o sistemas de Correos y terceros necesarios para realizar y validar las integraciones?
1. Teniendo en cuenta que el plazo de presentación de ofertas finaliza el 30 de octubre de 2026 y que la puesta en producción de la Fase I está prevista para el 1 de enero de 2027, ¿pueden confirmar si esta fecha es obligatoria o si se admite un calendario de implantación expresado en meses desde la firma del contrato?
Teniendo en cuenta que la aplicación de gestión de vestuario utilizada actualmente tiene fecha de vencimiento a 1 de enero de 2027, se hace imprescindible que la Fase I esté en producción en dicha fecha con objeto de sustituir a la que se está empleando en la actualidad.
2. Asimismo, ¿cómo se contemplarían los ajustes de calendario derivados de retrasos no imputables al adjudicatario en la disponibilidad de documentación técnica, accesos, entornos o sistemas de Correos y terceros necesarios para realizar y validar las integraciones?
Se tendrán en cuenta todos los retrasos no imputables al adjudicatario, ampliándose cuándo y dónde toque en tantos días como atraso se haya acumulado.
1.- En caso de que la solución ofertada se alojase en infraestructura cloud de un tercero (como los citados en el Anexo XVIII 1.1: AWS, GCP o Azure), contratada por el licitador, dicho alojamiento se consideraría subcontratación a efectos de la cláusula 8.1.3 (“subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos”). Si la respuesta en no, agradeceríamos confirmación de que no procedería responder a la pregunta 5 del Anexo XXVIII (Sobre 1).
2.- En caso de que el alojamiento cloud de un tercero sea considerado subcontratación a efectos de la cláusula 8.3.2, esta indica que el licitador señalará en la oferta la parte del contrato que prevé subcontratar y “su importe”. Dado que, el Sobre 2 no debe contener información propia del Sobre 3, agradeceríamos indicación sobre dónde incluir ambos datos (Sobre 1, Sobre 3 en documento adicional, o no se incluyen...
3.- El Anexo XVII (Ubicación de los datos) y el Anexo XVIII 1.2 se refieren a indicar el país de residencia de los datos, el proveedor cloud y, en su caso, el CPD alternativo. Agradeceríamos indicación sobre dónde incluir esta información: En Sobre 2 en un apartado de la oferta técnica, en Sobre 2 en un documento adicional a los indicados en el pliego, en Sobre 1 en un documento adicional, no es necesario incluir esta información en ningún documento de ningún sobre…
4.- El Anexo XVIII 5.6 se refiere a estas certificaciones y el Anexo XXII las menciona como “certificaciones obligatorias a presentar por los licitadores”. Como no figuran en la relación de documentos del Sobre 1 (cláusula 6.7.1) ni en la de documentación a aportar por el propuesto como adjudicatario (cláusula 7.3), agradeceríamos confirmación sobre cuándo y dónde presentarlas: con la oferta, en el Sobre 1 en un documento adicional, con la oferta en el Sobre 2 en un apartado de la oferta técnica o en un documento adicional, no son necesarias para la presentación de la propuesta y se requieren en fases posteriores.
1.- En caso de que la solución ofertada se alojase en infraestructura cloud de un tercero (como los citados en el Anexo XVIII 1.1: AWS, GCP o Azure), contratada por el licitador, dicho alojamiento se consideraría subcontratación a efectos de la cláusula 8.1.3 (“subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos”). Si la respuesta en no, agradeceríamos confirmación de que no procedería responder a la pregunta 5 del Anexo XXVIII (Sobre 1).
Las obligaciones del adjudicatario en materia de protección de datos deberán hacerse conforme a lo establecido en el punto 8.1.3. El alojamiento en infraestructuras de terceros ajenas al licitador se considera a todos los efectos como subcontratación.
2.- En caso de que el alojamiento cloud de un tercero sea considerado subcontratación a efectos de la cláusula 8.3.2, esta indica que el licitador señalará en la oferta la parte del contrato que prevé subcontratar y “su importe”. Dado que, el Sobre 2 no debe contener información propia del Sobre 3, agradeceríamos indicación sobre dónde incluir ambos datos (Sobre 1, Sobre 3 en documento adicional, o no se incluyen...
Las ofertas de la presente licitación deberán hacerse conforme a lo establecido en el punto 6.7. Cualquier valoración económica deberá incluirse en el SOBRE Nº 3.
3.- El Anexo XVII (Ubicación de los datos) y el Anexo XVIII 1.2 se refieren a indicar el país de residencia de los datos, el proveedor cloud y, en su caso, el CPD alternativo. Agradeceríamos indicación sobre dónde incluir esta información: En Sobre 2 en un apartado de la oferta técnica, en Sobre 2 en un documento adicional a los indicados en el pliego, en Sobre 1 en un documento adicional, no es necesario incluir esta información en ningún documento de ningún sobre…
Las ofertas de la presente licitación deberán hacerse conforme a lo establecido en el punto 6.7. Cualquier documentación técnica deberá incluirse en el SOBRE Nº 2.
4.- El Anexo XVIII 5.6 se refiere a estas certificaciones y el Anexo XXII las menciona como “certificaciones obligatorias a presentar por los licitadores”. Como no figuran en la relación de documentos del Sobre 1 (cláusula 6.7.1) ni en la de documentación a aportar por el propuesto como adjudicatario (cláusula 7.3), agradeceríamos confirmación sobre cuándo y dónde presentarlas: con la oferta, en el Sobre 1 en un documento adicional, con la oferta en el Sobre 2 en un apartado de la oferta técnica o en un documento adicional, no son necesarias para la presentación de la propuesta y se requieren en fases posteriores.
Las ofertas de la presente licitación deberán hacerse conforme a lo establecido en el punto 6.7. Cualquier documentación técnica deberá incluirse en el SOBRE Nº 2.
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